La ley de pasantias busca garantizar el mejor acuerdo que puede tener una organización y un joven que buscan experiencias laborales.
1. El estudiante y la empresa deben acordar el pago de un monto
no menor a la tercera parte de un Salario Básico Unificado (SBU).
2. La empresa deberá afiliar al pasante a la Seguridad Social
sobre un mínimo equivalente al SBU vigente.
3.La pasantía no podrá prolongarse por más de seis meses sin
generar relación de dependencia.
4. La duración de las pasantías será normada por el organismo
regulador del Sistema de Educación Superior.
5. Podrán acogerse a lo que dispone esta Ley las empresas
privadas, instituciones y fundaciones. Además, podrán realizar pasantías los
estudiantes del Sistema de Educación Superior.
6.El Ministerio del Trabajo determinará los porcentajes
mínimos de inclusión de pasantes en función del tipo de actividad y tamaño de
las empresas.
Bibliográfia:
Ministerio de Trabajo. (2016). Reforma a la ley de pasantias. Disnponible en: http://www.trabajo.gob.ec/licencia-o-permiso-sin-remuneracion-para-el-cuidado-de-los-hijos/
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