domingo, 3 de julio de 2016

Ley de Pasantias







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Ley de Pasantias

La ley de pasantias busca garantizar el mejor acuerdo que puede tener una organización y un joven que buscan experiencias laborales. 


1. El estudiante y la empresa deben acordar el pago de un monto no menor a la tercera parte de un Salario Básico Unificado (SBU).

2. La empresa deberá afiliar al pasante a la Seguridad Social sobre un mínimo equivalente al SBU vigente.

3.La pasantía no podrá prolongarse por más de seis meses sin generar relación de dependencia.

 4. La duración de las pasantías será normada por el organismo regulador del Sistema de Educación Superior.

5. Podrán acogerse a lo que dispone esta Ley las empresas privadas, instituciones y fundaciones. Además, podrán realizar pasantías los estudiantes del Sistema de Educación Superior.


6.El Ministerio del Trabajo determinará los porcentajes mínimos de inclusión de pasantes en función del tipo de actividad y tamaño de las empresas.

Bibliográfia:

Ministerio de Trabajo. (2016). Reforma a la ley de pasantias. Disnponible en: http://www.trabajo.gob.ec/licencia-o-permiso-sin-remuneracion-para-el-cuidado-de-los-hijos/


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